Durante más de dos décadas, el Estado peruano ha intentado dejar atrás el expediente de papel, la cola presencial y el sello húmedo. No ha sido un cambio improvisado: detrás de la plataforma gob.pe, de Facilita Perú o del reciente asistente virtual con inteligencia artificial hay un andamiaje normativo que arranca en 2002 y llega hasta 2026. Este artículo repasa ese recorrido con su sustento legal, mide cuánto ha cambiado realmente con datos oficiales y señala, sin adornos, lo que todavía está pendiente.
El punto de partida: modernizar por ley
El marco fundacional es la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, publicada el 30 de enero de 2002. Su artículo 4 declara al Estado en proceso de modernización con una finalidad clara: alcanzar mayores niveles de eficiencia del aparato estatal para servir mejor al ciudadano y optimizar el uso de los recursos públicos. Esa ley ha sido actualizada en varias oportunidades —la más reciente en enero de 2026, mediante el Decreto Legislativo N° 1694— pero su idea central se mantiene intacta.
El instrumento que ordena y articula ese proceso es la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030 (en adelante, PNMGP), aprobada por el Decreto Supremo N° 103-2022-PCM del 21 de agosto de 2022, que reemplazó a la política anterior orientada al año 2021. Su conducción recae en la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), a través de la Secretaría de Gestión Pública, y coloca la creación de valor público —resultados que la gente valora— como norte de toda la reforma.
Del papel al bit: el marco del gobierno digital
La modernización dio un salto cualitativo cuando el Estado dejó de hablar de “simplificar trámites” para hablar de gobierno digital. La pieza clave es el Decreto Legislativo N° 1412 (2018), que aprobó la Ley de Gobierno Digital y fijó el marco de gobernanza sobre identidad digital, servicios digitales, interoperabilidad, arquitectura digital, seguridad digital y datos. Su reglamento, el Decreto Supremo N° 029-2021-PCM, desarrolló en más de un centenar de artículos las condiciones para usar tecnologías y medios electrónicos en el procedimiento administrativo.
Poco antes, a inicios de 2020, dos decretos de urgencia completaron el diseño institucional: el Decreto de Urgencia N° 006-2020 creó el Sistema Nacional de Transformación Digital y designó a la actual Secretaría de Gobierno y Transformación Digital (SGTD) de la PCM como ente rector; y el Decreto de Urgencia N° 007-2020 estableció el Marco de Confianza Digital y creó el Centro Nacional de Seguridad Digital. Finalmente, la Política Nacional de Transformación Digital al 2030 (Decreto Supremo N° 085-2023-PCM, 28 de julio de 2023) fijó seis objetivos prioritarios: conectividad, economía, gobierno, talento, confianza e innovación digital.
Vista en el tiempo, la reforma se lee como una secuencia de capas normativas que se van sumando:
2002
2018
2020
2021
2022
2023
2025–2026
Lo que cambió para el ciudadano
La cara visible de todo este marco es la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, gob.pe, creada por el Decreto Supremo N° 033-2018-PCM como único punto de contacto digital entre el Estado y la ciudadanía. Las entidades quedaron obligadas a publicar en ella su información institucional y a digitalizar sus trámites, dejando de dispersar la información en decenas de portales inconexos.

Sobre esa base se montaron herramientas concretas: Facilita Perú, la plataforma integral de solicitudes digitales que permite a una entidad poner en línea un trámite sin desarrollar software propio; la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE), que permite que las entidades intercambien datos entre sí en lugar de pedírselos al ciudadano; y, desde octubre de 2025, Gobi, un asistente virtual con inteligencia artificial que orienta trámites las 24 horas desde gob.pe —consulta del estado del DNI, emisión de recibos por honorarios electrónicos, afiliación al SIS o el Certificado Único Laboral, entre otros—.

Los números del balance oficial de la PCM correspondiente a 2025 dan una idea de la escala alcanzada:
La ola de la inteligencia artificial
El capítulo más reciente de la modernización es la inteligencia artificial. La Ley N° 31814 (2023) promovió su uso en favor del desarrollo económico y social, y su reglamento —el Decreto Supremo N° 115-2025-PCM, publicado el 9 de septiembre de 2025— fijó principios de uso seguro, ético, transparente y responsable, y dispuso la creación del Centro Nacional de Innovación Digital e Inteligencia Artificial (CNIDIA), además de una Estrategia Nacional de IA a cargo de la SGTD. Buena parte del reglamento entró en vigencia el 22 de enero de 2026, con un cronograma gradual de transparencia algorítmica por sectores.
Gobi es la primera aplicación de esa apuesta que el ciudadano toca con la mano: no reemplaza a la entidad competente, pero traduce el laberinto de trámites a un lenguaje simple. La promesa de la política pública —servicios digitales inclusivos, predictivos y empáticos— se juega precisamente en herramientas como esta.

Lo que sigue pendiente
El avance normativo es real, pero la brecha entre la norma y la vida cotidiana también lo es. El primer obstáculo es de infraestructura: según el INEI, en el primer trimestre de 2025 solo el 58,9 % de los hogares contaba con acceso a internet, y la desigualdad territorial es profunda. Un Estado que se declara “digital por defecto” no puede ignorar que uno de cada cinco hogares rurales, apenas, está conectado.
A ello se suma un desafío de gestión más que de tecnología: sostener el impulso entre cambios de gobierno, cerrar la distancia entre las metas de las políticas al 2030 y la ejecución real en cada entidad, y atender las recomendaciones de organismos como la OCDE en materia de identidad digital, simplificación y conectividad. La norma abrió la puerta; falta que todas las entidades —y todos los territorios— la crucen.
Conclusión
En veinte años, el Perú pasó de una modernización declarada en el papel a un Estado que gestiona cientos de millones de transacciones digitales al año. El marco jurídico está, en lo esencial, construido: de la Ley N° 27658 a la Política Nacional de Transformación Digital al 2030 y al reglamento de la Ley de IA. El reto ya no es tanto legislar como implementar con equidad, para que la promesa del Estado digital llegue también a quien hoy sigue haciendo cola.
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Fuentes
- Congreso de la República. Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado (2002).
- PCM. D.S. N° 103-2022-PCM, Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública al 2030.
- PCM. Decreto Legislativo N° 1412, Ley de Gobierno Digital y su Reglamento (D.S. N° 029-2021-PCM).
- PCM. D.S. N° 033-2018-PCM, que crea la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (gob.pe).
- PCM. D.U. N° 006-2020 (Sistema Nacional de Transformación Digital) y D.U. N° 007-2020 (Marco de Confianza Digital).
- PCM. D.S. N° 085-2023-PCM, Política Nacional de Transformación Digital al 2030.
- PCM. D.S. N° 115-2025-PCM, Reglamento de la Ley N° 31814 (uso de la inteligencia artificial).
- PCM. ¿Qué es Facilita Perú? y PCM lanza Gobi, asistente virtual en gob.pe.
- INEI. Estadísticas de acceso a internet de los hogares (2024–2025).
- PCM. Reporte de avances en gobierno y transformación digital (balance 2025).
La información de este artículo tiene fines divulgativos y de análisis; no constituye asesoría legal. La normativa citada puede ser modificada; para decisiones concretas, verifique el texto vigente de cada norma y consulte a un profesional respecto de su caso particular.